Valerio alerta que cambios al Código Penal pondrían en riesgo la persecución de la difamación
Santo Domingo.– El abogado Miguel Valerio consideró que la propuesta de reforma al Código Penal debe equilibrar la defensa de la libertad de expresión con la protección efectiva del derecho al honor, advirtiendo que la redacción actual podría generar impunidad frente a acusaciones falsas.
En un artículo de opinión, el jurista señaló que, aunque la libertad de expresión y el derecho ciudadano a fiscalizar la gestión pública son fundamentales en democracia, estos no deben confundirse con la difusión de informaciones falsas que afecten la reputación de personas, empresas o instituciones.
Valerio indicó que la iniciativa sometida por el presidente Luis Abinader requiere una revisión cuidadosa por parte del Congreso Nacional, ya que, de aprobarse sin ajustes, podría dejar desprotegidos a funcionarios públicos, contratistas del Estado y miembros honoríficos de organismos estatales ante imputaciones sin fundamento.
El punto más sensible, explicó, se encuentra en la modificación del artículo 211, numeral 5, que limitaría las consecuencias de expresiones ofensivas a demandas civiles. A su juicio, esta vía puede resultar insuficiente en casos de difamación, donde el daño a la reputación ocurre de manera inmediata y no siempre se compensa con una indemnización económica.
Asimismo, alertó que la propuesta restringe la acción penal únicamente a acusaciones relacionadas con la vida íntima o privada, lo que dejaría fuera del ámbito penal imputaciones falsas de carácter público, incluso cuando estas generen graves perjuicios a la imagen de los afectados.
El abogado subrayó que, si bien los sectores públicos y privados vinculados al Estado deben ser objeto de escrutinio, no es admisible que acusaciones sin pruebas se difundan masivamente sin consecuencias jurídicas proporcionales.
En ese sentido, afirmó que denuncias infundadas de corrupción pueden impactar contratos, relaciones comerciales y la participación de profesionales en espacios institucionales, generando daños que, incluso tras una sentencia civil favorable, pueden ser irreparables.
Finalmente, Valerio aclaró que la sentencia TC/0075/16 no eliminó las sanciones penales por difamación e injuria contempladas en la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, destacando que el propio Tribunal Constitucional reconoce la protección del honor como un componente de la dignidad humana.
El jurista concluyó que la reforma debe abordarse con equilibrio constitucional, garantizando tanto la libertad de expresión como mecanismos efectivos para sancionar la difamación.