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Tribunal Constitucional toma medidas contra instituciones que incumplieron sus sentencias

Por Divagna Encarnación
- 4 min de lectura

Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) volvió a imponer sanciones económicas a varias instituciones públicas por incumplir decisiones judiciales previamente emitidas, acumulando multas coercitivas por un total de RD$1,470,000 a favor de ciudadanos afectados por la falta de ejecución de sentencias.

En una de las decisiones, contenida en la sentencia TC/0844/26, la alta corte ordenó a la Dirección General de la Policía Nacional pagar RD$520,000 al ciudadano Isidro Díaz Rosario por no acatar una disposición emitida en diciembre de 2024.

La sentencia original, identificada como TC/1104/24, instruía a la institución policial a entregar de manera inmediata los documentos relacionados con una investigación por presunta deserción seguida contra Díaz Rosario, así como un informe actualizado sobre el estado del proceso.

Como mecanismo para garantizar el cumplimiento, el TC había establecido una multa diaria de RD$2,000 a partir de la notificación de la decisión. Sin embargo, pese a que la Policía recibió formalmente el fallo el 6 de junio de 2025, no suministró la documentación requerida.

Al conocer la solicitud de liquidación presentada por el afectado en febrero de 2026, los jueces determinaron que habían transcurrido 260 días sin cumplimiento, generando una deuda acumulada de RD$520,000.

El tribunal precisó que la suma continuará incrementándose mientras persista el desacato y consideró que la conducta de la institución vulnera principios fundamentales como la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la seguridad jurídica.

Este caso se suma a otra condena emitida recientemente contra la Policía Nacional. El pasado 7 de agosto de 2026, mediante la sentencia TC/0736/26, el TC ordenó a esa entidad pagar RD$2,845,000 a Dulce María Lora Solís, viuda del general retirado José Antonio Feliciano Castillo, debido al incumplimiento de una decisión que disponía reconocer el ascenso del oficial y ajustar retroactivamente su pensión.

Inabima, DGJP y Hacienda deberán pagar RD$950,000

En una segunda decisión, recogida en la sentencia TC/0851/26, el Tribunal Constitucional acogió una solicitud presentada por Yolanda del Carmen Solís de Rosario y condenó solidariamente al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima), la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y el Ministerio de Hacienda al pago de RD$950,000.

La acción se deriva de una reclamación de la maestra jubilada para que se restableciera una pensión concedida mediante el Decreto 364-92, emitido en diciembre de 1992.

A través de la sentencia TC/1463/25, dictada en diciembre de 2025, el TC había ordenado a Inabima transferir a la DGJP las cotizaciones correspondientes al tiempo laborado por la docente en el Ministerio de Educación y coordinar la reactivación de la pensión. Asimismo, la DGJP y el Ministerio de Hacienda debían ejecutar el restablecimiento del beneficio y cubrir los pagos atrasados acumulados desde agosto de 2021.

Las entidades disponían de 30 días calendario para cumplir con la decisión y enfrentaban una sanción de RD$10,000 por cada día de retraso.

Aunque fueron notificadas oficialmente el 27 de enero de 2026, el plazo venció sin que se materializara la orden judicial. Ante la ausencia de pruebas de cumplimiento o argumentos de defensa por parte de los organismos involucrados, el TC calculó 95 días de incumplimiento, equivalentes a RD$950,000.

El órgano constitucional advirtió que la multa continuará aumentando a razón de RD$10,000 diarios hasta que las tres instituciones ejecuten plenamente lo ordenado.

Llamado al respeto de las decisiones judiciales

En ambas sentencias, el Tribunal Constitucional recordó que sus fallos tienen carácter obligatorio para todos los órganos y entidades del Estado. Además, enfatizó que la inobservancia de sus decisiones representa una afectación a los derechos fundamentales de los ciudadanos, particularmente a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la seguridad jurídica.

Las decisiones fueron adoptadas por el Pleno de Jueces conforme a las mayorías establecidas por la ley.

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